{"doc_desc":{"title":"Defunciones_fetales 2017","idno":"DDI-MEX-INEGI-EVM-2017-V01","producers":[{"name":"Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Geograf\u00eda","abbreviation":"INEGI","affiliation":"","role":""},{"name":"Direcci\u00f3n General de Estad\u00edsticas Sociodemogr\u00e1ficas","abbreviation":"DGES","affiliation":"","role":""},{"name":"Direcci\u00f3n General Adjunta de Encuestas Sociodemogr\u00e1ficas y Registros Administrativos","abbreviation":"DGAESRA","affiliation":"","role":""},{"name":"Direcci\u00f3n de Registros Administrativos","abbreviation":"DRA","affiliation":"","role":""}],"prod_date":"2018-09-28","version_statement":{"version_notes":"Versi\u00f3n1 (28 de septiembre 2018)."}},"study_desc":{"title_statement":{"idno":"MEX-INEGI.ESD3.06-EVM-2017","title":"Estad\u00edsticas Vitales. Defunciones Fetales 2017","alt_title":"EVM 2017","translated_title":"Vital Statistics of Mortality"},"authoring_entity":[{"name":"Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Geograf\u00eda","affiliation":""},{"name":"Direcci\u00f3n General de Estad\u00edsticas Sociodemogr\u00e1ficas","affiliation":""},{"name":"Direcci\u00f3n General Adjunta de Encuestas Sociodemogr\u00e1ficas y Registros Administrativos","affiliation":""}],"production_statement":{"producers":[{"name":"Registro Civil","affiliation":"Secretar\u00eda de Gobernaci\u00f3n ","role":"Inscripci\u00f3n continua, permanente y obligatoria de los hechos vitales, los cuales son registrados en las actas correspondientes."},{"name":"Centro Colaborador para la Familia de Clasificaciones Internacionales de la OMS en M\u00e9xico","affiliation":"Secretar\u00eda de Salud","role":"Promueve y vigila el uso correcto de la Clasificaci\u00f3n Estad\u00edstica Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud (CIE) en M\u00e9xico."}],"copyright":"Derechos reservados \u00a9 INEGI 2018","funding_agencies":[{"name":"Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Geograf\u00eda","abbreviation":"INEGI","role":""}]},"distribution_statement":{"contact":[{"name":"Atenci\u00f3n a Usuarios","affiliation":"Organismo Aut\u00f3nomo del Gobierno Federal ","email":"atencion.usuarios@inegi.org.mx ","uri":"http:\/\/www.inegi.org.mx\/inegi\/contacto\/default.aspx"}]},"series_statement":{"series_name":"Registro administrativo","series_info":"ANTECEDENTES\n\nEn el pa\u00eds, el Sistema de Estad\u00edsticas Vitales es una de las fuentes de informaci\u00f3n demogr\u00e1fica con mayor tradici\u00f3n, sus antecedentes fueron los registros parroquiales que realizaba la Iglesia Cat\u00f3lica en la Nueva Espa\u00f1a, con el prop\u00f3sito de registrar los bautizos, matrimonios y entierros. Durante muchos a\u00f1os estos registros parroquiales fueron la \u00fanica fuente de informaci\u00f3n demogr\u00e1fica en el pa\u00eds, para conocer, en forma aproximada, el crecimiento natural de la poblaci\u00f3n y algunas caracter\u00edsticas sociodemogr\u00e1ficas de las personas.\n\nCabe se\u00f1alar que las diversas enfermedades y epidemias ocurridas en el pa\u00eds, durante el siglo XIX, afectaron considerablemente a la poblaci\u00f3n y mostraron la necesidad de contar con informaci\u00f3n espec\u00edfica sobre las causas de muerte, raz\u00f3n por la cual los organismos encargados de procurar la salud, en ese entonces, efectuaron m\u00faltiples esfuerzos por integrar las estad\u00edsticas vitales, especialmente para contar con la informaci\u00f3n sobre mortalidad. \n\nDurante el mandato presidencial del Lic. Benito Ju\u00e1rez, se dieron a conocer las Leyes de Reforma, promulgadas el 28 de julio de 1859, en ellas se inclu\u00eda la Ley Org\u00e1nica del Registro Civil, con la cual qued\u00f3 secularizada en el pa\u00eds una actividad que tradicionalmente ven\u00eda desempe\u00f1ando el clero.\n\nEn 1874, se decret\u00f3 que estas Leyes de Reforma fueran adicionadas a la Constituci\u00f3n, para reglamentar el registro de los hechos vitales y del estado civil en M\u00e9xico. Con la creaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de Estad\u00edstica, en 1882, se institucionaliza la generaci\u00f3n de informaci\u00f3n estad\u00edstica en el pa\u00eds y en 1893 se publican documentos y boletines referidos a lineamientos que se deber\u00edan seguir en la elaboraci\u00f3n de las estad\u00edsticas, asimismo se estableci\u00f3 por primera vez, el uso de la clasificaci\u00f3n de Bertillon para determinar las causas de la defunci\u00f3n y normas para integrar las estad\u00edsticas vitales, mismas que quedaron conformadas en 1894. Su aplicaci\u00f3n en M\u00e9xico la realiz\u00f3 el Dr. Monjar\u00e1s en las estad\u00edsticas de San Luis Potos\u00ed. La estad\u00edstica de defunciones fetales comenz\u00f3 a captarse a trav\u00e9s de una boleta colectiva se utilizaba para concentrar una serie de casos de un mismo hecho vital y fuente informante, en 1984 se cambi\u00f3 el formato por un cuaderno estad\u00edstico se integraba por una car\u00e1tula que contiene los datos de la fuente y en su interior aparecen engrapados varios formatos individuales en los que se transcribe la informaci\u00f3n de cada suceso. En 1987 la Secretar\u00eda de Salud introdujo el certificado de muerte fetal, el cual se mantiene vigente."},"study_info":{"keywords":[{"keyword":"Defunciones","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Fetales","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Muertes","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Causas de muerte","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Mortinato","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Mortalidad","vocab":"","uri":""}],"topics":[{"topic":"Defunciones fetales:","vocab":"","uri":""},{"topic":"Caracter\u00edsticas de la muerte fetal","vocab":"","uri":""},{"topic":"Caracter\u00edsticas del embarazo y parto","vocab":"","uri":""},{"topic":"Caracter\u00edsticas del feto o producto","vocab":"","uri":""},{"topic":"Caracter\u00edsticas de la madre.","vocab":"","uri":""}],"abstract":"La estad\u00edstica de defunciones fetales contribuye a la tarea institucional de proporcionar al servicio p\u00fablico de informaci\u00f3n estad\u00edstica de inter\u00e9s nacional, a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional.\n\nGenerar y difundir la informaci\u00f3n sobre el fen\u00f3meno de la mortalidad fetal registrada en el pa\u00eds, a partir del aprovechamiento de los registros administrativos de organismos e instituciones, permite conocer y comparar el volumen, tendencias y caracter\u00edsticas de este hecho demogr\u00e1fico en los diferentes \u00e1mbitos geogr\u00e1ficos del pa\u00eds, y as\u00ed contar un insumo para el an\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de acciones dirigidas a la elaboraci\u00f3n de programas de salud materno infantil.\n\nLa estad\u00edstica de defunciones fetales tiene un v\u00ednculo directo con la salud materna, la informaci\u00f3n referente a variables como las causas que la provocaron, la edad gestacional y peso del producto, as\u00ed como la edad de la madre y la atenci\u00f3n prenatal recibida, permiten identificar factores de riesgos prevenibles e incidir en una mejor\u00eda real de la salud-materno infantil en M\u00e9xico.\n\nLa informaci\u00f3n proporcionada por el INEGI permite conocer el comportamiento a nivel nacional, anual y por entidad federativa referidos a tres \u00e1mbitos: lugar de registro, lugar de expulsi\u00f3n o extracci\u00f3n y lugar de residencia habitual de la madre.\n\nEn la generaci\u00f3n de la estad\u00edstica de defunciones fetales se han adoptado, las recomendaciones internacionales, emitidas por la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas (ONU) la cual dicta las normas, conceptos y procedimientos que homogenizan las actividades de este rubro en los diferentes pa\u00edses. Por otro lado, con el prop\u00f3sito de tener una comparabilidad internacional se aplican las normas y reglas establecidas por la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud (OMS) para el uso de la Clasificaci\u00f3n Internacional de Enfermedades (CIE) y la Ley General de Salud (LGS) que reglamenta el derecho a la protecci\u00f3n de la salud que tiene toda persona; establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la federaci\u00f3n y las entidades federativas en materia de salubridad general.\n\nEn 2017, la Secretar\u00eda de Salud emiti\u00f3 un nuevo modelo del certificado de muerte fetal, las actualizaciones son:\n\nDatos del producto del embarazo y del suceso\n\u00b7  De un embarazo, se incorpora la condici\u00f3n de reproducci\u00f3n asistida.\n\u00b7  Se practic\u00f3 necropsia, se incorpora esta variable\n\nDatos de la madre\n\u00b7  Nacionalidad, se especifica la nacionalidad cuando es Extranjera.\n\u00b7  N\u00famero de embarazos, se incorpora esta variable\n\u00b7  Hijos sobrevivientes, se incorpora esta variable","time_periods":[{"start":"2017-01-01","end":"2017-12-31","cycle":""}],"coll_dates":[{"start":"2017-01-01","end":"2017-12-31","cycle":"Recolecci\u00f3n de datos"}],"nation":[{"name":"M\u00e9xico","abbreviation":"M\u00e9x"}],"geog_coverage":"Nacional, Entidad Federativa, Municipio, Localidad y Tama\u00f1o de Localidad.","analysis_unit":"Las muertes fetales registradas en las Oficial\u00edas del Registro Civil y la Direcci\u00f3n General Jur\u00eddica de Estudios Legislativos de la Ciudad de M\u00e9xico.","data_kind":"Registro administrativo","notes":"Estad\u00edsticas Sociodemogr\u00e1ficas, Poblaci\u00f3n, Fen\u00f3menos Demogr\u00e1ficos, Mortalidad, Defunciones Fetales."},"method":{"data_collection":{"time_method":"La informaci\u00f3n se genera por a\u00f1o estad\u00edstico.","data_collectors":[{"name":"Secretar\u00eda de Salud","abbreviation":"SSA","affiliation":"SSA"}],"coll_mode":"Registro administrativo","research_instrument":"Certificado de muerte fetal.","act_min":"El INEGI, a trav\u00e9s de las coordinaciones estatales, son las responsables de recolectar los certificados de muerte fetal, que servir\u00e1n de insumo para la producci\u00f3n de la estad\u00edstica. Algunas de las actividades de la coordinaci\u00f3n estatal consiste en: la presentaci\u00f3n con la fuente informante, establecer el convenio de recolecci\u00f3n y fechas de entrega de la informaci\u00f3n, acordar el tipo de informaci\u00f3n que proporcionar\u00e1 al Instituto (impresa o archivo), capacitar a la fuente informante en los formatos de control, verificar y registrar la recolecci\u00f3n de la informaci\u00f3n.\n\nPara el seguimiento de la recolecci\u00f3n y producci\u00f3n de la estad\u00edstica en sus distintas etapas participan las coordinaciones estatales, por su parte, las Direcciones Regionales supervisan a las entidades de su competencia para garantizar la cobertura mientras que en oficina central se establecen los mecanismos de control y dise\u00f1o de sistema que permitan a las direcciones regionales y coordinaciones estatales, realizar las actividades para:\n\n     - Disponer de un directorio de fuentes informantes.\n     - Identificar total de casos recibidos por mes y a\u00f1o de registro.\n     - Conocer el comportamiento de la recolecci\u00f3n que permita identificar fuentes informantes con entrega oportuna de informaci\u00f3n, as\u00ed como fuentes con informaci\u00f3n incompleta.\n     - Identificar las fuentes informantes que no registraron alg\u00fan hecho vital.\n     - Realizar el registro en el SISEDES.","cleaning_operations":"En este apartado se detallan las actividades que se realizan para la generaci\u00f3n de la estad\u00edstica de defunciones fetales:\n\nPROCEDIMIENTO DE CAPTACI\u00d3N \n\nEl procedimiento de captaci\u00f3n inicia cuando ocurre la muerte fetal y se realiza la certificaci\u00f3n del evento a trav\u00e9s del certificado de muerte fetal por personal autorizado por la Secretar\u00eda de Salud, para su posterior tr\u00e1mite del permiso de inhumaci\u00f3n en el Registro Civil, quienes son las fuentes informantes de las defunciones fetales que son parte de las estad\u00edsticas vitales y entregan la copia rosa del certificado de muerte fetal al INEGI.\n\nEn el caso del Distrito Federal, el procedimiento de captaci\u00f3n inicia cuando el m\u00e9dico certifica la muerte fetal, requisita y entrega el certificado de muerte fetal en original, junto con las copias rosa, azul y verde a los padres. La unidad m\u00e9dica conserva la copia verde. Los padres o familiares, obtienen una copia para el pante\u00f3n, quien relaciona los certificados y reporta a la Direcci\u00f3n General Jur\u00eddica y de Estudios Legislativos (DGJEL). La DGJEL realiza la entrega de las copias: blanca a la Secretar\u00eda de Salud y la rosa al INEGI.\n\nEl responsable de la fuente informante debe entregar durante los primeros diez d\u00edas h\u00e1biles de cada mes al \u00e1rea estatal de estad\u00edstica del INEGI, las copias de los formatos de captaci\u00f3n de cada hecho vital, que registr\u00f3 durante el mes anterior, anexando su respectiva forma de control, donde se indica el tipo de hecho vital, el n\u00famero de certificados de muerte fetal que contiene cada paquete y fecha a la que corresponde la informaci\u00f3n. \n\nEste procedimiento de captaci\u00f3n tambi\u00e9n aplica para la Direcci\u00f3n General Jur\u00eddica y de Estudios Legislativos (Panteones) en el Distrito Federal. Remiten o entregan a la coordinaci\u00f3n estatal, paquetes formados exclusivamente por certificados de muerte fetal. \n\nLOS CONTROLES DE CAPTACI\u00d3N\n\nEl seguimiento a la producci\u00f3n de la informaci\u00f3n de las estad\u00edsticas de defunciones fetales se realiza a trav\u00e9s de: \n\n1.  Directorio de fuentes informantes\nSe integra un directorio de instituciones que registran o capten defunciones fetales, con ello se integra un directorio por entidad federativa. Cabe se\u00f1alar que la estad\u00edstica de defunciones fetales se obtiene principalmente a trav\u00e9s del Registro Civil.\nEl \u00e1rea estatal es quien mantiene actualizado el directorio, cualquier cambio debe registrarlo en el directorio: alta de fuente, baja temporal o definitiva, fecha de inicio de operaciones. \n\n2.  Recolecci\u00f3n\nSe realiza el seguimiento a la recolecci\u00f3n de certificados de muerte fetal, por mes, a\u00f1o de registro y fuente informante, con la finalidad de garantizar la cobertura del hecho vital, es por ello que es importante identificar:\n\u00b7  Fuentes informantes oportunas, aquellas que entregan la informaci\u00f3n conforme a lo establecido por las instituciones y el INEGI.\n\u00b7  Fuentes informantes morosas, aquellas que registraron alguna muerte fetal en un (los) mes(es) anterior(es) y que no han proporcionado informaci\u00f3n al Instituto en los mes(es) subsecuente(s).\n\u00b7  Las fuentes que no inscribieron ning\u00fan hecho, en un determinado mes, deben llenar otro formato de control denominado \u201cCertificado Cero\u201d, el cual entregan al Instituto.\n\u00b7  Control de los formatos estad\u00edsticos que env\u00eda a la fuente informante.\n\nORGANIZACI\u00d3N PARA EL PROCESAMIENTO\n\nEl tratamiento que se le da a la informaci\u00f3n impresa en las \u00e1reas estatales previa a su captura en los sistemas dise\u00f1ados para ello, se plasman a continuaci\u00f3n, se detallan las actividades que realizan las coordinaciones estatales en la etapa del tratamiento manual de las defunciones fetales: \n\n1.  Recolectada la informaci\u00f3n, revisa que el n\u00famero de certificados corresponda con lo que entrega la fuente informante. De existir diferencias entre el total de entregados y lo anotado en el formato de control, se acudir\u00e1 a la fuente informante complementar la documentaci\u00f3n.\n2.  Realiza la lotificaci\u00f3n, es decir elabora paquetes de la informaci\u00f3n recibida con las siguientes caracter\u00edsticas: fuente informante, modelo de certificado de muerte fetal, mes y a\u00f1o de registro y paquetes (se conforman con un m\u00e1ximo de 300 casos). \n3.  Se registra la recolecci\u00f3n de la informaci\u00f3n para el seguimiento de las fuentes informantes y tener un control de la cobertura. \n4.  Se realiza la cr\u00edtica-codificaci\u00f3n, tarea que consiste en revisar que la informaci\u00f3n sea congruente, as\u00ed como la asignaci\u00f3n de c\u00f3digos a los datos registrados en forma textual. incluyendo la selecci\u00f3n de la causa b\u00e1sica de muerte.\nSi al momento de realizar la cr\u00edtica-codificaci\u00f3n del certificado de muerte fetal, se identifican causas de muerte propias de nacidos vivos (conforme a los criterios establecidos en la CIE), se separan los certificados, se integran a la estad\u00edstica de defunciones registradas y se dan de baja de la estad\u00edstica de defunciones fetales. \n5.  Se realiza la foliaci\u00f3n, que consiste en asignar un n\u00famero consecutivo por paquete de cada instrumento de captaci\u00f3n, lo cual permite garantizar que el total de casos sean capturado.\n\nPROCESAMIENTO ELECTR\u00d3NICO\n\nEl procesamiento electr\u00f3nico de la informaci\u00f3n de defunciones fetales se realiza en las \u00e1reas de inform\u00e1tica regional o en coordinaciones estatales. Esta etapa comprende las siguientes actividades: \n1.  La Direcci\u00f3n Regional o Coordinaci\u00f3n estatal realiza la captura de datos, esta actividad incluye un proceso de verificaci\u00f3n que consiste en una captura secundaria o doble captura de las variables del certificado de muerte fetal.\n2.  Se generan reportes para la codificaci\u00f3n de las variables geogr\u00e1ficas y ocupaci\u00f3n, que no fue posible codificar de manera autom\u00e1tica por el sistema.\n3.  Se genera reporte de posibles casos duplicados para su revisi\u00f3n contra el certificado de muerte fetal (impreso); de identificarse un registro duplicado se elimina, con la finalidad de que exista un registro \u00fanico\n4.  Se genera el reporte de causa, sexo y edad gestacional, el cual debe ser revisado por el codificador de causa de muerte cotejando con el certificado de muerte fetal impreso. Se realizan las actualizaciones, las cuales se resguardan en una bit\u00e1cora.\n5.  En esta etapa tambi\u00e9n se verifica la causa de muerte de la estad\u00edstica de defunciones registradas, si las causas de muerte son propias de defunciones fetales, conforme lo establece la CIE, estos casos se integran a esta estad\u00edstica y se eliminan de la estad\u00edstica de defunciones registradas. \n6.  Para informaci\u00f3n recibida en archivo, se da la estructura conforme a la base de datos de defunciones fetales para su integraci\u00f3n en la base nacional.\n7.  En oficina central, se aplica la validaci\u00f3n autom\u00e1tica y se generan frecuencias simples, para revisar la informaci\u00f3n. \n8.  Posteriormente, se generan reportes estatales para su revisi\u00f3n y liberaci\u00f3n de informaci\u00f3n. \n9.  Liberado el archivo nacional se generan todos los productos para la difusi\u00f3n de resultados. \n\nCONTROLES DEL PROCESAMIENTO\n\nPara garantizar la calidad de la informaci\u00f3n de las defunciones fetales, se cuenta con filtros para revisar la congruencia y consistencia de los datos en todas las fases del procesamiento. Los reportes que se obtienen son los siguientes: \n\n\u00b7  Captura. Total de casos capturados por fuente informante, entidad federativa de registro y a\u00f1o estad\u00edstico. \n\u00b7  Posibles duplicados. Detecta los casos que fueron registrados dos veces o que por errores de captura se encuentran duplicados.\n\u00b7  Incongruencias de captura. Permite corregir algunas incongruencias detectadas en la informaci\u00f3n, ocasionadas por alg\u00fan error en la captura y\/o en la cr\u00edtica-codificaci\u00f3n.\n\u00b7  Verificaci\u00f3n de la consistencia entre las variables causa de la muerte fetal respecto a las variables sexo y edad gestacional. \n\nESTRUCTURA OPERATIVA\n\nEl INEGI para realizar el proceso de generaci\u00f3n de las estad\u00edsticas vitales, cuenta con personal responsable de dar seguimiento a las estad\u00edsticas de defunciones fetales en toda su estructura, esto es, oficina central, direcciones regionales y coordinaciones estatales.\n\nOficina Central \nEn el INEGI la Direcci\u00f3n General de Estad\u00edsticas Sociodemogr\u00e1ficas (DGES) es responsable de generar la estad\u00edstica de las defunciones fetales, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n de Registros Administrativos (DRA), quien norma el proceso de generaci\u00f3n de la estad\u00edstica de defunciones fetales tanto de lo que corresponde a la planeaci\u00f3n general como a los aspectos t\u00e9cnicos, administrativos y normativos, por lo que participa en la coordinaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n del personal involucrado adem\u00e1s de supervisar las actividades que se realizan durante el proceso; as\u00ed como, la integraci\u00f3n de las cifras nacionales y estatales, la definici\u00f3n del contenido, estructura y forma de difundir la informaci\u00f3n de las estad\u00edsticas vitales. La Direcci\u00f3n de Investigaci\u00f3n y Desarrollo de Tecnolog\u00edas de Informaci\u00f3n y Comunicaciones, que forma parte de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n tiene como responsabilidad dirigir, coordinar, administrar, controlar y supervisar el dise\u00f1o, desarrollo, implantaci\u00f3n y mantenimiento de sistemas de c\u00f3mputo, garantizando la calidad en los sistemas de las estad\u00edsticas vitales con el fin de generar informaci\u00f3n acorde a las pol\u00edticas y procedimientos establecidos.\n\nDirecci\u00f3n regional \nTiene la responsabilidad de coordinar, supervisar y capacitar al personal responsable de realizar las actividades que desarrolla cada coordinaci\u00f3n estatal, respecto a la captaci\u00f3n, recolecci\u00f3n y procesos primarios de la informaci\u00f3n. Por lo anterior, mantiene estrecha comunicaci\u00f3n con el personal del \u00e1rea de inform\u00e1tica regional, donde se lleva a cabo el tratamiento electr\u00f3nico de la informaci\u00f3n, adem\u00e1s la Direcci\u00f3n Regional de Estad\u00edstica es la responsable de supervisar los procesos. \n\nCoordinaci\u00f3n estatal\nSe encargan de recolectar los certificados de muerte fetal de las fuentes informantes, da seguimiento a la cobertura e integridad de los datos, capacita al personal y coordina los trabajos del tratamiento manual y\/o electr\u00f3nico de la informaci\u00f3n, diagn\u00f3stica la congruencia de la informaci\u00f3n de los instrumentos de captaci\u00f3n. Tambi\u00e9n en algunos estados se realiza el tratamiento electr\u00f3nico de la informaci\u00f3n."}},"data_access":{"dataset_use":{"conf_dec":[{"txt":"FUNDAMENTOS LEGALES\n\nEsta encuesta se rige por las disposiciones de los art\u00edculos 37, 45 y 47 de la Ley del Sistema Nacional de Informaci\u00f3n Estad\u00edstica y Geogr\u00e1fica. Toda informaci\u00f3n se mantendr\u00e1 con car\u00e1cter estrictamente CONFIDENCIAL.\n\nArt\u00edculo 37: Los datos que proporcionen para fines estad\u00edsticos los Informantes del Sistema a las Unidades en t\u00e9rminos de la presente Ley, ser\u00e1n estrictamente confidenciales y bajo ninguna circunstancia podr\u00e1n utilizarse para otro fin que no sea el estad\u00edstico.\n\nEl Instituto no deber\u00e1 proporcionar a persona alguna, los datos a que se refiere este art\u00edculo para fines fiscales, judiciales, administrativos o de cualquier otra \u00edndole.","required":"yes","form_no":"","uri":""}],"contact":[{"name":"INEGI","affiliation":"Organismo Aut\u00f3nomo del Gobierno Federal ","email":"atencion.usuarios@inegi.org.mx","uri":"www.inegi.org.mx"}],"cit_req":"Fuente: INEGI. Estad\u00edsticas Vitales de defunciones generales y defunciones fetales 2017. Base de datos.","conditions":"Acceso Directo mediante descarga gratuita de archivos de microdatos a trav\u00e9s del siguiente sitio: \n\nhttp:\/\/www.beta.inegi.org.mx\/proyectos\/registros\/vitales\/mortalidad\/default.html?init=2","disclaimer":"AVISO PARA EL USUARIO\n\n El uso de la informaci\u00f3n contenida en este documento implica la aceptaci\u00f3n de las condiciones de uso siguientes:\n \n 1. Los datos que aqu\u00ed se contienen provienen de m\u00faltiples fuentes. Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Geograf\u00eda, en adelante \"INEGI\", pone este material a disposici\u00f3n de los usuarios de forma individual, como licencia de usuario final. Queda por tanto prohibida toda comercializaci\u00f3n de este derecho de acceso. El INEGI se reserva el derecho a modificar estas condiciones de licencia para la informaci\u00f3n en cualquier momento y sin previo aviso.\n\n2. Se autoriza el uso de la informaci\u00f3n que se presenta, siempre que se cite la fuente: \"Fuente: INEGI. Estad\u00edsticas Vitales. Mortalidad 2017. Bases de datos\", a fin de permitir a terceros verificar tal informaci\u00f3n.\n\n3. Los datos que aparecen en este documento se han introducido siguiendo estrictos procedimientos de control de calidad.  Asimismo, El INEGI presenta la informaci\u00f3n con la mayor oportunidad posible, no obstante, lo anterior, el INEGI no asume responsabilidad legal alguna o de cualquier otra \u00edndole por la   precisi\u00f3n, oportunidad, contenido o uso de la misma que se d\u00e9 por terceros.\n\n4. Este documento contiene medidas de seguridad para proteger la informaci\u00f3n de cualquier alteraci\u00f3n realizada por terceros, sin embargo, el INEGI no asume ninguna responsabilidad por la alteraci\u00f3n o manipulaci\u00f3n de los datos una vez puestos en \u00e9l.\n\n5. Este documento ofrece enlaces a otros de organismos nacionales e internacionales. No obstante, el INEGI no asume ning\u00fan tipo de responsabilidad por el contenido, ni por el uso de esos sitios.\n\n6. Las leyes, reglamentos y dem\u00e1s disposiciones que aparecen en este documento no crean derechos ni establecen obligaciones distintas de las contenidas en las disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n.\n\nT\u00e9rminos de uso del libre uso de la informaci\u00f3n del INEGI\n\n1. El usuario:\n\na. Puede hacer y distribuir copias de la informaci\u00f3n, sin alterar ni suprimir sus metadatos.\nb. Puede difundir y publicar la informaci\u00f3n.\nc. Puede adaptar y reordenar la informaci\u00f3n.\nd. Puede extraer total o parcialmente la informaci\u00f3n.\ne. Puede explotar comercialmente la informaci\u00f3n, utiliz\u00e1ndola como insumo para generar otros productos o servicios.\nf. Debe otorgar los cr\u00e9ditos correspondientes al INEGI como autor, y cuando t\u00e9cnicamente sea posible, mencionar la fuente de extracci\u00f3n de la informaci\u00f3n de la siguiente manera: \"Fuente: INEGI, nombre del producto de donde se extrae la informaci\u00f3n\" y en su caso fecha de actualizaci\u00f3n, ejemplo: \"Fuente: INEGI, Censos Econ\u00f3micos 2009\".\ng. No debe utilizar la informaci\u00f3n con objeto de enga\u00f1ar o confundir a la poblaci\u00f3n variando el sentido original de la misma y su veracidad. h. No debe aparentar que el uso que haga de la informaci\u00f3n, representa una postura oficial del INEGI o que el mismo est\u00e1 avalado, integrado, patrocinado o apoyado por la fuente de origen.\n\n2. El INEGI no ser\u00e1 responsable por la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n que el usuario haga de los resultados obtenidos a trav\u00e9s del uso de la informaci\u00f3n; por lo que cualquier decisi\u00f3n basada en su interpretaci\u00f3n excluye al INEGI de responsabilidad alguna. As\u00ed mismo, el INEGI no ser\u00e1 responsable de las diferencias obtenidas por precisiones, redondeos o truncamientos num\u00e9ricos, as\u00ed como por cambios t\u00e9cnicos o tecnol\u00f3gicos que puedan incidir en tales resultados.\n\n3. La vigencia de estos T\u00e9rminos de Libre Uso es por tiempo indefinido siempre que no se contravengan las disposiciones anteriores.\n\n4. El uso no autorizado en contravenci\u00f3n de estos T\u00e9rminos de Libre Uso, podr\u00e1 ser sancionado de acuerdo con la legislaci\u00f3n vigente aplicable.\n\n5. Estos T\u00e9rminos de Libre Uso se rigen por la Ley del Sistema Nacional de Informaci\u00f3n Estad\u00edstica y Geogr\u00e1fica, as\u00ed como por la normatividad aplicable en la materia, en caso de existir controversia, el usuario est\u00e1 de acuerdo expresamente en someterse a la jurisdicci\u00f3n y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de M\u00e9xico, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiera corresponderle por raz\u00f3n de domicilio presente, futuro o cualquier otra causa.\n\n6. El INEGI se reserva el derecho a modificar en cualquier momento los presentes T\u00e9rminos de Libre Uso."}}}}